Libertad Digital
Liquidación de sueldos
Por resolución 279/2020 se deja sin efecto la diferenciación entre conceptos remunerativos y no remunerativos previstos en la Res.219/2020.
Ello implica que no existirán diferencias en las liquidaciones de sueldos para empleados que asistan a sus trabajos y aquellos que no lo hicieran por motivo del aislamiento social dispuesto por Presidencia de la Nación.
El gobierno prohibió los despidos y suspensiones por 60 días
Informamos que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 329/2020, dispuso por el plazo de 60 días la prohibición de los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, exceptuándose las suspensiones efectuadas en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Recordamos a los socios que cuentan con servicio exclusivo de asesoramiento
ASESORIA CONTABLE: a.vazquez@consultoraov.com.ar
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