Libertad Digital
La Federación Argentina de Empleados de Comercio (FAECyS) y las cámaras empresarias firmaron el primer acuerdo paritario del 2025. De esta forma, los trabajadores mercantiles recibirán una actualización del 5,1% durante el primer trimestre del año.
El entendimiento prevé incrementos para los empleados de comercio en base a los topes (2% mensual) que dispuso el Gobierno nacional para las negociaciones salariales. Esta actividad agrupa en todo el país a la mayor cantidad de trabajadores del sector privado: son alrededor de 1.300.000 empleados.
El gremio que conduce Armando Cavalieri acordó, junto a los representantes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades comerciales de Argentina (UDECA), que dichos aumentos -con base a diciembre 2024- se pagarán como una asignación no remunerativa y no acumulativa.
Asimismo, las partes firmantes sostuvieron que volverán a reunirse en abril próximo, a fin de analizar las escalas básicas convencionales, sumas y porcentajes, atento a las variaciones económicas que pueden afectarlas.
Un aumento en cuotas
La suma acordada por la FACEyS y las cámaras empresarias alcanza el 5,1% para el trimestre enero-marzo de 2025. Mientras se aguarda la publicación de las escalas, así quedó el esquema:
- Aumento del 1,7% con los salarios de enero
- Aumento del 1,7% con los salarios de febrero
- Aumento del 1,7% con los salarios de marzo
Tal como indicó el sindicato, los importes, abonados bajo la denominación "Incremento No Remunerativo - Acuerdo Enero 2025", deberán ser tomados para el cálculo de adicionales (presentismo y antigüedad).
"En caso de acordar cualquier aumento en las escalas salariales, dicho aumento se realizará de forma no remunerativa y no acumulativo", señalaron en un comunicado.
Y remarcaron: "Los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación del presente".
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