Tras 13 años, el fallo calificó “falta de servicio”, ordenó resarcir a madre, padre y abuela.
Música en Libertad
Libertad Digital
Sin responsabilidades penales, por un proceso penal que terminó con sobreseimientos, y con una profesional que podrá seguir en el sistema público tras ganarle un juicio laboral al Estado, más de una década después la familia de Luz Milagros obtuvo sentencia en la causa civil.
El veredicto del Juzgado Civil y Comercial N° 20 de Resistencia al que accedió Libertad fijó una indemnización total de $159.504.510 y atribuyó responsabilidad al Estado provincial (Ministerio de Salud y Hospital Perrando) y a dos médicas neonatólogas. La familia adelantó que apelará por considerar que el fallo “no cumple sus expectativas” de justicia.
El tribunal tuvo por acreditado que el 3 de abril de 2012 la recién nacida, prematura extrema de 840 gramos, fue declarada muerta sin agotar las maniobras y tiempos mínimos de verificación y llevada a la morgue dentro de un ataúd “prolijamente clavado”. Casi 12 horas después, sus padres abrieron el féretro y comprobaron que estaba con vida.
Una pericia médica clave señaló que, en prematuros extremos, los latidos pueden ser muy difíciles de auscultar y se recomienda observar por no menos de 30 minutos antes de certificar muerte. En el caso, hubo 29 minutos y no constaron maniobras completas de reanimación básica y avanzada. La supervivencia inicial se explicó por mecanismos de homeostasis, pero la exposición a hipotermia (cámara frigorífica de morgue) por 11/12 horas derivó en daños severos (hipoxia, riesgo neurológico, sepsis) que finalmente desembocaron en el fallecimiento (23/6/2013, en Rosario) por falla multiorgánica.
El juzgado también apuntó a un contexto de saturación del servicio el día del parto (“caos” en sala, falta de camas), lo que configura “falta de servicio” hospitalaria y activa la responsabilidad objetiva del Estado por funcionamiento deficiente.
El tribunal rechazó las excepciones del Estado sobre legitimación activa: dio por acreditada la paternidad (acta de nacimiento) y reconoció a la abuela el derecho a reclamar daño moral (“presunción hominis” por pérdida de un ser querido).
El caso “Luz Milagros” inició con una beba declarada muerta, hallada viva en la morgue por sus padres casi 12 horas después, una batalla médica que incluyó derivaciones (Hospital Italiano), internación domiciliaria y cuidados paliativos y un final trágico a los 14 meses. Trece años más tarde, la sentencia civil llega con condena económica, sin sanciones penales y con la primera respuesta de la familia: ya presentó su apelación.
¿Qué opinas?
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.