Libertad Digital
El Tribunal Oral Federal de Resistencia condenó este viernes a Valeria Beatriz Ayala, conocida dirigente social y referenciada ahora como la “narcopiquetera”, a cinco años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes, tras ser detenida en un control policial con más de seis kilos de cocaína en la Ruta Nacional 16.
La sentencia, dictada por el juez de Cámara Fabián Gustavo Cardozo, homologó el acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y la defensa, mientras que su hija menor de edad, que viajaba como acompañante, fue absuelta por falta de acusación fiscal.
El operativo en Makallé
El caso tuvo origen el 21 de agosto de 2024, cuando personal policial apostado en el peaje de Makallé detuvo un Ford Ka conducido por Ayala. Al mostrar evasivas y contradicciones respecto de la documentación del vehículo, los agentes procedieron a requisarlo.
Con el apoyo de un can antinarcóticos, se detectaron seis paquetes tipo “panes” escondidos en la zona del acompañante. El pesaje final arrojó 6,4 kilos de cocaína compactada, envuelta en bolsas plásticas y aluminio, recubiertas con grasa rojiza y cinta amarilla. Los paquetes llevaban la figura estampada de un delfín, marca habitual utilizada por organizaciones dedicadas al narcotráfico.
De dirigente social a “narcopiquetera”
Ayala es referente de la Fundación José María y de la Cooperativa San Jorge Construye Resistencia, estructuras que en su momento recibieron aportes estatales y que, según fuentes oficiales, habrían servido de pantalla para su rol como dirigente social.
Desde el Ministerio de Seguridad, a cargo de Hugo Matkovich, habían comunicado el año pasado: “No lejos de sorprendernos con el caso Cecilia, la detención de Barraza por defraudación al Estado, o las donaciones de vehículos a organizaciones sociales, ahora dimos con una narcopiquetera que pensaba seguir gozando de los beneficios de la gestión anterior”.
La condena judicial
En los fundamentos de la Sentencia Nº 58/2025, el tribunal resolvió condenar a Ayala como autora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c de la Ley 23.737).
La pena impuesta fue de cinco años de prisión efectiva, una multa de 45 unidades fijas, el decomiso de los bienes incautados, la incineración de la droga y el pago de $4.700 en concepto de costas judiciales.
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