El Gobierno anuló un ascenso en el IPDUV y denunció maniobras irregulares en la gestión anterior
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El Gobierno anuló un ascenso en el IPDUV y denunció maniobras irregulares en la gestión anterior

La Provincia sostuvo que la promoción violó el régimen de concursos, careció de avales técnicos y presupuestarios y fue dictada en medio de la transición con el gobierno saliente de Capitanich.


01/09/2025
 /  libertaddigital.com
 -  Sociedad  /  Redacción: Gabriel Bobis

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El Poder Ejecutivo provincial dictó un decreto que declara nulo de nulidad absoluta e irregular el Decreto 3632/23, por el cual se había otorgado a S.B.O. (iniciales del agente) una promoción directa a cargo de Director en el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (IPDUV) a partir del 1 de noviembre de 2023.

Según los considerandos, la promoción, iniciada en diciembre de 2022 e instrumentada el 6 de diciembre de 2023, omitió requisitos esenciales como la falta de intervención de la Dirección de Planificación Organizacional y de la Dirección General de Recursos Humanos, ambas con opinión contraria por inexistencia de sustento normativo y presupuestario.

También se cuestiona la ausencia del régimen de concursos de oposición y antecedente, carencia de aprobación presupuestaria en plena transición de gobierno y el incumplimiento del artículo 3° del propio Decreto 3632/23, que exige intervención previa de Finanzas/Presupuesto y Personal para certificar partidas y vacantes.

La administración invocó, además, el principio de legalidad y la doctrina de la “inderogabilidad singular del reglamento”.

Sin ejecución ni derecho adquirido

Informes de Control de Liquidación de Haberes y de Recursos Humanos del IPDUV acreditan que el decreto nunca fue ejecutado: no hubo liquidaciones en el cargo de Director y S.B.O. continuó revistando en Categoría 3 (Personal Administrativo y Técnico), en la Dirección de Inscripciones. Así, el ascenso no generó derecho subjetivo, sino una mera expectativa.

El Ejecutivo añadió que S.B.O. conocía el vicio: por su antigüedad (20 años), funciones y presentaciones administrativas y judiciales, incluida una acción contencioso-administrativa para hacer efectivo el decreto, no podía ignorar la exigencia de concurso y avales. Ese conocimiento, indicaron, habilita la anulación en sede administrativa.

El nuevo instrumento declara nulo el 3632/23 por nulidad absoluta e irregular, ordena su publicación en el Boletín Oficial y su archivo.

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