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En la oportunidad estuvieron presentes, por parte de los anfitriones, el presidente Martín Giménez; el vicepresidente 1º, Iván Bonzi; y Guillermo Bischels. Por parte del CPCE, asistió al encuentro el Dr. Germán Dahlgren, presidente de la institución; y los contadores Guillermo Andreatta y Juan Romero, ambos consejeros del CPCE.
En tal sentido, el presidente de la Cámara destacó la cooperación y predisposición por parte de Dahlgren y sus consejeros al encuentro: “Es importante el trabajo en conjunto porque perseguimos intereses en común de cara a la atención de nuestros socios. Todo comerciante y empresario tiene su contador o un estudio contable que opera de apoyo en cuestiones sumamente importantes para el sostenimiento de nuestras empresas”.
Beneficios tributarios y blanqueo de habilitaciones comerciales
El encuentro giró en torno al análisis y comunicación de dos novedades muy importantes para el sector Pyme.
Por un lado, desde la Cámara ahondaron sobre el beneficio tributario que existe sobre la Tasa de Registro, Inspección y Servicios de Contralor (Ordenanza Nº 13.294 – Exenciones Art. 211) para socios de Cámara de Comercio que dieron de alta su actividad comercial a partir de marzo 2021 y cuentan con habilitación comercial.
Este beneficio consiste en la reducción en el pago de dicho tributo, durante los primeros 3 años, el cual se traducirá a los siguientes porcentajes: 1º año 25 % (veinticinco por ciento); 2º año 15 % (quince por ciento); y 3º año 5 % (cinco por ciento).
Por otra parte, se trató el tema del programa de blanqueo de habilitaciones comerciales (Ordenanza 13528) que estará disponible hasta el 30 de junio de 2022 para personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades de industria, comercio y servicios en la ciudad. El mismo, está dirigido a actividades nuevas que no cuenten con habilitación, como así también para comercios que tengan la misma en trámite y/o deban renovarla.
Para realizar este trámite, los interesados deberán presentar la solicitud de suscripción al programa, copia de DNI del titular y/o representante legal en sociedades, constancia de inscripción en A.T.P. y constancia de inscripción en AFIP. La habilitación provisoria le será otorgada dentro de las primeras 48 horas, y en el caso de sociedades, deberán adjuntar también la copia de contrato social.
Informes y consultas
Desde la Cámara de Comercio informaron que este trámite se realiza directamente ante la Subsecretaría de Industria, Comercio y Defensa del Consumidor o la Dirección de Habilitaciones Comerciales; pudiendo realizarse el mismo vía online o soporte papel.
Los interesados se pueden acercar a Monteagudo 79 de 8 a 17 horas, a través de resistencia.gob.ar o por mail a habilitacionescomerciales@resistencia.gob.ar.
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