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Tachangou
“No tenemos competencia porque tanto la constitución como nuestra ley orgánica nos limita. Esto es en lo que pasa en los tres poderes o los municipios, o empresas que prestan servicio al Estado. En este caso es una relación que nosotros llamamos ‘entre particulares’”, destacó.
Consideró que se tratan de “contratos individuales” que cada suscriptor firma con los círculos. “Ante esta situación, se requiere de una acción individual de cada uno de estos suscriptores”, insistió.
Además destacó que es una legislación que viene desde Nación y que se rige por el contrato firmado.
“Son cuestiones individuales. Es como si uno vaya a comprar un electrodoméstico y después tenga un problema con eso”, justificó.
Más allá de todo lo antes desarrollado, ofreció a cualquier interesado en acercase a la Defensoría del Pueblo para recibir asesoramiento legal gratuito
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