Libertad Digital
Los intereses punitorios se aplican cuando el cliente no cumple con el pago mínimo del resumen de la tarjeta de crédito después de que ha vencido el plazo establecido. Hasta ahora, estos intereses estaban regulados por tasas fijadas por el Estado, pero a partir de un decreto del Ejecutivo de Javier Milei, los topes para estos intereses serán eliminados.
Recientemente, una de las principales empresas de tarjetas de crédito envió una comunicación a sus clientes explicando que, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, se modificó el artículo 18 de la Ley de Tarjeta de Crédito N° 25.065, eliminando el límite para los intereses punitorios. A partir de mayo de 2025, estos intereses se calcularán como un porcentaje que podrá llegar hasta el 100% de los intereses compensatorios y se reflejarán en el resumen mensual. Además, en el mensaje se les dice a los clientes que podrán cancelar el contrato en cualquier momento sin cargo alguno.
Hasta ahora, la mayoría de los bancos aplicaban una tasa de interés punitorio del 61% nominal anual (TNA) sobre saldos impagos de hasta $200.000, que representa el 50% de la tasa de interés general.
Esto se traduce en un costo financiero total con IVA (CFT) de 104,74%. Por otro lado, para saldos superiores a los $200.000, la tasa de interés punitorio es del 67,96% nominal anual, lo que se traduce en una tasa efectiva anual del 93,73% y un costo financiero del 121,60%.
Fuente: El DiarioAR
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