Libertad Digital
Este lunes, el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología informó que el Superior Tribunal de Justicia del Chaco rechazó una acción de amparo promovida por Federación Sitech y Sitech Castelli, por la cual reclamaban "la devolución de los descuentos efectuados por días de paro. (Exptes. 207/2021 y 261/2021) y que se declare la ilegalidad de los descuentos".
El máximo órgano jurisdiccional estableció así la legalidad de los descuentos efectuados en el año 2021, en tanto la suspensión de tareas en el marco del contrato de trabajo, "autoriza también la suspensión de la obligación de la patronal (Ministerio de Educación) de abonar los salarios", dejando aclarado que "no se deben haberes por días no trabajados, en concordancia con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que tiene dicho que…´No corresponde el pago de los mismos´", agrega el comunicado oficial.
La sentencia, en su parte pertinente, expresamente dice: "Sentencia 327/24 por los fundamentos vertidos, el Superior Tribunal de Justicia resuelve …ejercer jurisdicción positiva y en su mérito rechazar las acciones de amparo promovidas por Federación Sitech en el Expediente 207/2021 y por Sitech Castelli en el Expediente 261/2021".
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