Libertad Digital
La Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente recuerda que el río se encuentra en bajante desde hace tres años y, con la cota por debajo del metro de altura, las medidas de restricción total a la pesca son una forma de preservar la biodiversidad ictícola y mantener un sistema de pesca sustentable.
El 22 de mayo la altura del río marcó 0.77 mt según el hidrómetro del puerto de Barranqueras, lo que obliga al Gobierno a decretar la veda total, tanto para la actividad comercial como deportiva, según resolución 1078/20; con el fin de preservar la fauna ictícola.
"Ante estos eventos extraordinarios se hace imperioso herramientas de protección extraordinarias como vedas temporales, o espaciales, si la bajante no fuera tan prolongada como ahora, tal vez no sería necesario una restricción tan severa, porque el río está acostumbrado a bajar cada tanto y los peces están adaptados a esos ciclos, lo que no hemos visto nunca es un ciclo tan largo, de tanto tiempo tan bajo”, resaltó.
El promedio de la altura del río en mayo de 1995 era de 3.85 mt y este 23 de mayo de 2021 la altura del río se registró de 0,73 mt. Por lo tanto, se encuentra tres mt por debajo del promedio. “Al disminuir tanto el área en que los peces habitan es que se hace necesario protegerlos extraordinariamente”, afirmaron.
Esta medida responde a una decisión que ya se ha consensuado en la Mesa Pesquera, que se viene reuniendo desde al año pasado y se transformó en la Comisión de Pesca del Consejo Provincial del Ambiente.
La Resolución 1078/2020 aprueba un esquema de gestión de la pesca comercial y deportiva de acuerdo con los umbrales de altura del rio según el hidrómetro de Barranqueras consensuado a través de la Mesa Pesquera con todos los actores; tanto asociaciones deportivas como comerciales, fuerzas de seguridad, intendentes de localidades de ribera, el INICNE (Instituto de Ictiología del Nordeste) y el Gobierno. Todos estos actores han formulado esta resolución que rige desde el 7 de septiembre de 2020 y fue ratificada el 4 de noviembre por el Decreto Provincial N° 1623.
La normativa establece que, de acuerdo a la altura que marca el río en el hidrómetro del puerto de Barranqueras, arriba de los 2mt se aplica la veda extendida, con cinco días habilitados para la actividad pesquera; con la altura del río entre 1 y 2 metros rige la veda flexibilizada con tres días habilitados para la pesca comercial y tres días habilitados para la deportiva; y por debajo del metro, se declara la veda total, con prohibición absoluta para la actividad pesquera.
"Debido a las restricciones y términos de la resolución, los controles serán más intensivos por parte de la Brigada Operativa Ambiental (BOA) y las fuerzas de seguridad como Prefectura Naval, que son las responsables de realizar los monitoreos y fiscalizaciones que evitan los ataques a la biodiversidad de la Provinvia y sus sistemas naturales", agregó el director de Fiscalización Ambiental de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente Marcelo Churin.
Ante la presencia de cualquier tipo de atentado contra la naturaleza y el ambiente, los ciudadanos pueden comunicarse a la Línea 105 de Denuncias Ambientales o al 362 433-2763.
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