El Superior Tribunal de Justicia respaldó nuevamente al juez Codina y ordenó reabrir la causa por daños contra las defensoras
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El Superior Tribunal de Justicia respaldó nuevamente al juez Codina y ordenó reabrir la causa por daños contra las defensoras

El abogado Ricardo González Zund explicó en Radio Libertad los alcances del reciente fallo del STJ que revocó una sentencia de Cámara y dispuso que continúe el juicio por daños iniciado por el juez Juan Carlos Codina contra un grupo de defensoras oficiales por presunta falsa denuncia y difamación pública.


10/10/2025
 /  libertaddigital.com
 -  Sociedad  /  Redacción: Ana Lucia Durand

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El Superior Tribunal de Justicia del Chaco (STJ) volvió a respaldar al juez Juan Carlos Codina en el marco de una causa por daños y perjuicios contra un grupo de defensoras oficiales. La Sala Primera Civil, Comercial y Laboral, integrada por los ministros Alberto Mario Modi y Néstor Enrique Varela, dictó la Sentencia Nº 268, que anuló un fallo de segunda instancia y ordenó reabrir el expediente.

En diálogo con Radio Libertad, el abogado Ricardo González Zund —representante de Codina— brindó detalles sobre la decisión judicial: “El fallo del Superior vale la pena ser aclarado. Se trata de una demanda por daños contra determinadas defensoras por una denuncia que habían hecho ellas contra el doctor Codina, fundada en supuestos hechos de violencia laboral y de género”, explicó.

Una denuncia archivada y un nuevo reclamo judicial

Según relató González Zund, aquellas denuncias motivaron la apertura de un sumario administrativo en el STJ, pero fueron archivadas por no acreditarse los hechos. “El problema central no está en haber denunciado, sino en haber formulado una falsa denuncia, imputando hechos inexistentes con el único ánimo de desprestigiar al magistrado. Además, se ocuparon de hacer pública esa cuestión, afectando su honor y el de su familia”, sostuvo el abogado.

Como consecuencia, Codina y su esposa —ya fallecida— iniciaron una demanda civil por los daños morales ocasionados. Las defensoras, en tanto, plantearon la improponibilidad de la demanda, argumentando su condición de funcionarias judiciales. Sin embargo, el STJ revocó ese criterio y determinó que la causa debe seguir su curso.

“El Superior resolvió que la demanda es proponible, que la causa debe abrirse a prueba y determinar si las denunciantes difundieron información falsa en medios digitales. Si eso se acredita, corresponderá el resarcimiento por los daños ocasionados”, explicó González Zund.

La causa continuará y podría involucrar a un medio digital

El abogado detalló que, además de las funcionarias judiciales, un diario digital fue incluido en la demanda por haber publicado la denuncia sin verificar su veracidad. “Si el medio no tomó los recaudos mínimos para chequear los hechos, incurre en responsabilidad civil según la doctrina de la Corte Suprema sobre la ‘real malicia’”, precisó.

De probarse los extremos planteados por Codina, la Justicia deberá fijar un monto indemnizatorio acorde al daño causado. “Tanto las defensoras como el medio deberán responder. La responsabilidad civil está para eso”, remarcó el letrado.

 “Hay que tener cuidado con las falsas denuncias”

En otro tramo de la entrevista, González Zund reflexionó sobre la gravedad de realizar denuncias sin sustento: “El tema de la falsa denuncia está muy en boga. Muchas veces se utilizan como herramienta extorsiva en conflictos personales o laborales. Hay que tomar conciencia de que quien denuncia falsamente deberá responder civilmente por los daños que cause”.

Además, destacó el impacto humano que estas acusaciones generan: “En este caso, Codina tenía a su esposa enferma y a sus hijos leyendo en los diarios que su padre era violento. ¿Cómo se repara eso? Hay que tener cuidado, porque limpiar una imagen dañada públicamente es muy difícil”.

Contexto de la causa

El fallo del STJ se dictó en el expediente “Sucesores de Binaghi, Ana Malena; Codina, Juan Carlos c/ Acosta Calvo, María Daniela; Argarate Ruzich Estefanía; Baldovino, Yamila Vanesa y otros s/ Daños y Perjuicios”, donde también fueron mencionadas María Celeste Ojeda, Julieta Dansey, Lorena Padován y Gisela Gauna Wirz.
Algunas de las defensoras ya no cumplen funciones dentro del Ministerio Público de la Defensa.

La resolución consideró que el fallo anterior de Cámara carecía de fundamentación razonada y omitió valorar pruebas esenciales aportadas por la parte actora.

En esta nota: #judiciales

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