Libertad Digital
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña, absolvió a la exintendenta de Resistencia, Aída Ayala, y a otros seis imputados en la causa conocida como “PIMP SA”, donde se investigaban presuntas maniobras de fraude contra la administración pública y lavado de activos durante su gestión municipal.
El fallo al que Libertad accedió en exclusiva, revocó la sentencia del Tribunal Oral Federal de Resistencia, que en 2024 había condenado a Ayala a tres años de prisión condicional, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y multa de $90.000, por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública.
“No se acreditó un obrar delictivo”
La Cámara sostuvo que no existió prueba suficiente, ni directa ni indiciaria, para afirmar que Ayala hubiera direccionado licitaciones en favor de empresas de su entorno político o personal. “Del análisis integral del caso no se desprende prueba que permita afirmar que Aída Beatriz Máxima Ayala haya direccionado su administración de manera abusiva o irregular a favor de la firma PIMP SA”, señala el voto de los jueces
El tribunal enfatizó que “la sola adjudicación de contrataciones dentro de un proceso administrativo legítimo no puede, por sí misma, configurar un delito”, y que la sentencia anterior “carecía de respaldo probatorio indispensable”
Por ello, la Cámara consideró que las falencias en la valoración de la prueba tornaban inválida la condena. En otro tramo del fallo, se remarca “la falta de acreditación de un obrar delictivo por parte de Ayala” y se subraya que “no puede afirmarse que la imputada haya intervenido en maniobras de fraude ni direccionado contrataciones públicas en favor de terceros”.
Una absolución que alcanza a todos los condenados
En su resolución, los magistrados de Casación dispusieron:
“Casar y dejar sin efecto la sentencia recurrida (…) y, en consecuencia, absolver a Aída Beatriz Máxima Ayala, Daniel Alejandro Fischer, Carlos Secundino Huidobro, Pedro Alberto Martínez, Eulalio Alfredo Bouza, Rolando Javier Acuña y Luis Guillermo Escobar, en orden a los hechos objeto del proceso por los cuales fueran condenados. Sin costas en la instancia”.
De esta manera, el máximo tribunal penal federal anuló las condenas dictadas por el Tribunal Oral Federal de Resistencia el 10 de mayo de 2024 y cerró definitivamente la causa en favor de los acusados.
El caso
La investigación se había iniciado en 2018, tras una denuncia por presunto direccionamiento de contratos municipales de recolección de residuos a la empresa PIMP SA, integrada por empresarios vinculados al sindicalista Jacinto Amaro Sampayo.
En el fallo ahora revocado, el tribunal de primera instancia había impuesto penas de hasta seis años y medio de prisión a varios de los acusados, entre ellos los empresarios Daniel Fischer, Carlos Huidobro y Pedro Martínez, además de Eulalio Bouza, Rolando Acuña y Luis Escobar.
Casación, sin embargo, concluyó que la sentencia condenatoria se había basado en inferencias y presunciones sin respaldo probatorio, y que los procedimientos administrativos bajo análisis “fueron realizados en el marco de normas legales cuya licitud no ha sido desvirtuada”
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