La Justicia Federal determinó la suspensión de la explotación forestal en Chaco por tres meses
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La Justicia Federal determinó la suspensión de la explotación forestal en Chaco por tres meses

El fallo fue emitido por la jueza Zunilda Niremperger. Responde así a una media cautelar presentada por la Asociación de Abogados Ambientalistas más un requerimiento del fiscal Sabadini.


Libertad Digital

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19/08/2024
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Nahuel Bustos Domecq

La Justicia Federal hizo lugar a una medida cautelar y suspendió por tres meses los desmontes en el Chaco. La decisión fue firmada en la mañana de este lunes 19 de agosto, por la jueza federal Nº 1 de Resistencia, Zunilda Niremperger. La magistrada dio esta orden al Ministerio de Producción y Desarrollo Económico Sostenible, que es la autoridad de aplicación de la actividad forestal en la Provincia.

La medida cautelar había sido pedida con una presentación formal, por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, a la cual se había sumado un requerimiento del fiscal Patricio Sabadini. Según está expresado, la orden judicial comprende a los desmontes "que hubieren sido autorizados y aun no se han ejecutado, como así, el otorgamiento de nuevos permisos para ello, en el territorio de la provincia del Chaco; debiendo adoptar las medidas pertinentes a los efectos de supervisar en forma inmediata y permanente el cumplimiento de la misma".

Esta es la segunda definición que da la Justicia Federal sobre esta temática en muy pocos días. La semana pasada el mismo fiscal Sabadini había presentado una imputación que alcanza a funcionarios en actividad, otros que ocuparon cargos de relevancia en el gobierno anterior, legisladores, empresarios de la industria forestal e intendentes comunales de la zona de El Impenetrable.

Los fundamentos esgrimidos por la jueza Niremperger se basan en la detección de "dos requisitos para adoptar una medida protectoria. No puede desconocerse que en asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental, las reglas procesales deben ser interpretadas con un criterio amplio que, sin trascender el límite de su propia lógica, ponga el acento en su carácter meramente instrumental de medio a fin, que en esos casos se presenta una revalorización de las atribuciones del tribunal al contar con poderes que exceden la tradicional versión del juez espectador".

También define la magistrada que "en las cuestiones ambientales, existe lo que se llama el activismo jurídico, por lo cual los jueces debemos actuar en forma rápida y activa en defensa del ambiente, conforme los parámetros internacionales y la Constitución Nacional, como así también, las recomendaciones que tanto a nivel internacional como nacional han establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

En esta nota: #desmontes

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