Libertad Digital
La Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó este lunes la decisión de la jueza federal de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había habilitado a Cristina Kirchner a votar en las elecciones legislativas de octubre. Por esto, la expresidenta no podrá sufragar en los próximos comicios, debido a su condena en la causa Vialidad, que incluyó la imposibilidad para ejercer cargos públicos.
Los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas firmaron el fallo que anuló la medida de Borruto, quien había ordenado mantener a Cristina Fernández en el padrón de Santa Cruz.
De esta forma, se ratificó la aplicación de la inhabilitación electoral que sostuvo el Ministerio Público Fiscal desde el inicio del caso.
El fiscal nacional electoral, Ramiro González, ya había dictaminado en el mismo sentido, al señalar que corresponde al Congreso Nacional -y no al Poder Judicial- el definir un marco normativo para el derecho al voto de exfuncionarios condenados e inhabilitados. Con la resolución de la CNE, se confirmó la exclusión de CFK del padrón electoral.
La Cámara recordó el precedente "Orazi" de la Corte Suprema, que analizó el reclamo de un afectado que consideraba que diferir su derecho a votar hasta una reglamentación legislativa era violatorio de la "garantía de tutela judicial efectiva". En ese fallo, el tribunal aclaró que no podía habilitarse de oficio y de manera general, sino solo bajo "condiciones mínimas".
Según la CNE, la sentencia de Borruto fue revocada porque no cumplió con esos requisitos. En particular, el caso debía resolverse a partir de una petición concreta de la interesada o del Ministerio Público, y no dictarse de oficio, como ocurrió en Río Gallegos.
Además, debía verificarse que la posibilidad de votar fuera "jurídica y fácticamente viable" y en función de la naturaleza del delito que motivó la inhabilitación. Al no haberse cumplido ninguna de estas condiciones, la Cámara Nacional Electoral decidió revocar la habilitación y dejar a Cristina Kirchner fuera del padrón electoral.
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