Resistencia: Condenan a tres personas por difundir fotos íntimas de una mujer
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Resistencia: Condenan a tres personas por difundir fotos íntimas de una mujer

El Juzgado de Faltas de Resistencia emitió una sentencia inédita en la ciudad, condenando a dos hombres y una mujer por la difusión no consentida de imágenes íntimas de una funcionaria provincial. El fallo, a cargo de la jueza Marcela Cortés, marca un precedente local en el abordaje de la violencia digital de género.


27/05/2025
 /  libertaddigital.com
 -  Policiales  /  Redacción: Ana Lucia Durand

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Según la sentencia N°125/25, uno de los acusados deberá pagar una multa equivalente a 16 salarios mínimos, aunque parte de la sanción fue reemplazada por la obligación de realizar un tratamiento psicológico con enfoque de género. La medida busca «trabajar patrones de comportamiento que sustentan la violencia contra las mujeres y promover relaciones más saludables», explicó la magistrada.

Los otros dos implicados recibieron multas de siete salarios mínimos cada uno. Además, se les impuso la obligación de capacitarse en las leyes Micaela (N° 27.499 y N° 2997 G), que abordan la formación en perspectiva de género para funcionarios públicos.

Un hecho con impacto político y laboral

El caso tuvo lugar entre mayo y junio de 2024, cuando la expareja de la víctima compartió imágenes privadas a través de WhatsApp, enviándolas incluso a empleados estatales y al número de contacto institucional del sindicato UPCP (Unión del Personal Civil de la Provincia), agendado bajo el nombre de su secretario general, José Niz.

“La gravedad no sólo radica en la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, sino en que la víctima se desempeña como funcionaria del Estado y sus imágenes fueron entregadas al principal referente gremial del sector público”, señaló la jueza Cortés.

Medidas institucionales y mensaje claro

La sentencia también exhorta al Ministerio de Gobierno, Justicia, Trabajo y Derechos Humanos del Chaco a garantizar que todo su personal realice capacitaciones específicas sobre violencia digital en el marco de la Ley Micaela. Asimismo, se solicita que UPCP organice un taller gratuito destinado a sus afiliados, con apoyo del Centro Judicial de Género.

Cortés destacó la importancia del fallo, señalando que se trata del primer caso en el que se condena a una mujer por difundir imágenes de otra, en el marco del nuevo capítulo sobre identidad digital del Código de Faltas. “Esta vez no fue el patriarcado ni un varón; fue otra mujer quien humilló y cosificó a su par”, remarcó en su resolución.

El fallo representa un avance significativo en el reconocimiento y sanción de nuevas formas de violencia de género, especialmente en contextos digitales, y busca establecer un mensaje claro: la intimidad y la dignidad no pueden ser vulneradas impunemente.

En esta nota: #violencia digital

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